SEGUROS DE VIDA Y SEPELIO EN CASO DE COVID-19

 

Un  beneficio es el cobro del Seguro Vida Ley, al
que se tiene acceso desde el primer día de trabajo. Según la especialista, los
beneficiarios de este seguro deben indicarse en una declaración jurada, pero a
veces el trabajador no lo presenta y la empresa debe informar a la aseguradora
de este hecho para que los herederos legales acudan con la sucesión intestada.



“Este Seguro Vida Ley requiere
que los beneficiarios hagan una declaración jurada, indicando qué beneficiaros
tienen, va hasta por 16 remuneraciones y lo paga la aseguradora”, detalló.



En el caso de las pensiones,
indicó que solo los viudos e hijos acceden a pensiones de orfandad y viudez en
la AFP o en la ONP. Si el trabajador no tuvo esposo o hijos, los padres o
hermanos, en las AFP pueden recuperar esos fondos con el testamento o la
sucesión intestada.



“Lo que sí ha cambiado son los
gastos de sepelio. En el caso de EsSalud, se reembolsan los gastos de sepelio
hasta en S/ 2,070, pero como ya no hay sepelios, según una directiva sanitaria
de Digesa, los gastos de cremación los asume la administración de
aseguramiento”, comentó.



Además, quienes fallecen por
COVID-19 son cremados, así que los deudos pueden solicitar que esta cremación
sea asumida por el fondo de aseguramiento, público o privado, al que pertenece
la persona fallecida, donde le harán un reembolso. Estos beneficios aplican a
cualquier trabajador en planilla, al margen del tipo de contrato que tenga.

COMPRAR AHORA »

En momentos de duelo, en nuestra florería 🌼, te ofrecemos los mejores arreglos florales para expresar tus condolencias. Contamos con una amplia gama de arreglos fúnebres diseñados con sensibilidad y respeto, perfectos para funerarias. Nuestras flores para condolencias son ideales para enviar en todo el Perú, permitiéndote expresar tu apoyo y amor a quienes más lo necesitan en momentos difíciles. 🌷💐

¿Necesitas ayuda con un arreglo fúnebre?